Guía para conocer cómo pueden beneficiar al consumidor las medidas contra la crisis energética del Gobierno

Información sobre las medidas para reducir la factura eléctrica y garantizar los suministros esenciales a los grupos  vulnerables prorrogadas por el Consejo de Ministros el pasado 25 de junio

electricidad

El Consejo de Ministros del pasado 25 de junio acordó continuar con las medidas establecidas para hacer frente al incremento de los precios provocado por los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo y proteger a los consumidores en situación de vulnerabilidad energética, de modo que tengan garantizado el acceso a la luz, el gas y el agua.

Se trata del noveno paquete de medidas anticrisis aprobado por el Gobierno. De esta forma, se amplía la duración de buena parte de las decisiones adoptadas en 2022 y 2023 para reforzar el Estado de bienestar y la protección de las clases medias y trabajadoras, así como de las empresas.

 

¿Cuánto dura la reducción de la factura energética?

Se mantiene la rebaja fiscal del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de la electricidad que consumen los hogares hasta el 31 de diciembre de 2024. El tipo de IVA aplicado será el reducido del 10% sobre todos los componentes de la factura de las entregas de electricidad. Antes de la entrada en vigor de estas medidas, la tributación era del 21%.

 

¿Cómo saber si tengo el beneficio de la rebaja del IVA en la luz?

Está destinado a titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia) sea inferior o igual a 10 kW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 euros/MWh.

También lo reciben los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.

 

¿Se pueden suspender los suministros esenciales?

Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2024 la prohibición de interrumpir los suministros de energía eléctrica, gas natural y agua a aquellos consumidores en los que concurra la condición de vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.

Se consideran consumidores vulnerables las personas físicas titulares de un punto de suministro de electricidad en su vivienda habitual, que se acogen al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC), y que cumplen los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.

Para acreditar la condición de consumidor vulnerable ante las empresas suministradoras de gas natural y agua bastará la presentación de la última factura de electricidad en la que se refleje la percepción del bono social de electricidad.

Si una persona no es titular del contrato de suministro de la vivienda en la que habita, pero ella o su unidad de convivencia cumple los requisitos del mencionado artículo 3 del Real Decreto 897/2017 y presenta, ante la comercializadora con la que está suscrito el contrato de suministro, un certificado de los servicios sociales o mediadores sociales que acredite dicha circunstancia, el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua de la vivienda tampoco puede ser suspendido. Esta medida aplica a viviendas habitadas por personas que no son beneficiarias del bono social (al no ser titulares del contrato de suministro) y a comercializadoras tanto de mercado libre como de mercado regulado.

 

¿Cuáles son los descuentos del bono social eléctrico?

En relación con los descuentos del bono social eléctrico, el Gobierno ha establecido una senda progresiva de reducción del porcentaje a medida que vaya mejorando la situación de los precios.

Los actuales descuentos del bono social, del 65% para los consumidores vulnerables y del 80% para los consumidores vulnerables severos, se mantienen hasta el 30 de septiembre de 2024, coincidiendo con la temporada estival y el incremento de consumo que se registra para combatir las elevadas temperaturas. A partir de ese momento, se aplicará una reducción del descuento de 7,5 puntos porcentuales por trimestre, con relación al total de la factura, de modo que los porcentajes resultantes son los siguientes:

  • Del 1 de octubre de 2024 al 31 de diciembre de 2024, el descuento para los consumidores vulnerables será del 57,5% y de los consumidores vulnerables severos del 72,5%.
  • Del 1 de enero de 2025 al 31 de marzo de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 50% y de los consumidores vulnerables severos del 65%.
  • Del 1 de abril de 2025 al 30 de junio de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 42,5% y de los consumidores vulnerables severos del 57,5%.

A partir del 1 de julio de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 35% y el de los consumidores vulnerables severos del 50%, con carácter indefinido, lo que supone un refuerzo del nivel de protección habitual previo al estallido de la crisis energética, situado en el 25% para los primeros y en el 40% para los segundos.

 

¿Qué es el bono social eléctrico?

El bono social eléctrico es un descuento en la factura eléctrica del que puede beneficiarse el consumidor que cumpla los siguientes requisitos:

1. Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual

El PVPC es un precio al que se pueden acoger los titulares de los puntos de suministro, que sean personas físicas o microempresas, con tensiones no superiores a 1 kV y con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW.

El PVPC incluye el coste de la energía, impuestos, peajes y cargos. No incorpora otros productos o servicios adicionales.

2. Cumplir con los requisitos personales, familiares o de renta establecidos.

El descuento sobre el término de energía será aplicado teniendo en cuenta los siguientes límites de consumo de energía anuales:

  • Demanda individual / Unidad de convivencia formada por dos personas: máximo anual 1.587 kWh
  • Unidad de convivencia formada por tres personas / Pensionistas (cuantía mínima) / Unidad de convivencia formada por personas siendo una de ellas un menor: máximo anual 2.222 kWh
  • Unidad de convivencia formada por cuatro personas / Unidad de convivencia formada por tres personas siendo dos de ellas menores: máximo anual 2.698 kWh
  • Unidad de convivencia formada por cinco o más personas / Unidad de convivencia formada por cuatro personas siendo tres de ellas menores / Familias numerosas: máximo anual 4.761 kWh

 

¿Cómo se solicita el bono social eléctrico?

Los consumidores vulnerables pueden solicitarlo en las oficinas (cuando éstas existan), por teléfono, por fax, a través de la dirección de correo electrónico o por correo postal a alguna de las comercializadoras de referencia.

El bono social ya está permitiendo que más de 1,6 millones de hogares reduzcan su factura eléctrica.

 

¿Qué es el bono social térmico?

El Bono Social Térmico es una ayuda directa puesta en marcha por el Gobierno en octubre de 2018 con el objetivo de paliar la pobreza energética y proteger a los consumidores más vulnerables.

Se trata de una ayuda para las familias con menos recursos que cubre los gastos ocasionados por el uso de la calefacción, el agua caliente y la cocina, independientemente de cuál sea el sistema térmico utilizado.

Son beneficiarios todos los consumidores que estén acogidos al bono social de la electricidad a 31 de diciembre del año anterior. Para recibir esta ayuda no es necesario realizar ninguna solicitud.

 

Cambios en la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas

En las nuevas medidas adoptadas, se otorga carácter indefinido a la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas para las comunidades de propietarios y las empresas de servicios energéticos que les cubran esta demanda.

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