El Gobierno aprueba las ayudas económicas para víctimas de violencia sexual

El Consejo de Ministros aprueba el real decreto que regula las ayudas contempladas por la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 664/24, que regula las ayudas económicas a las víctimas de violencias sexuales que quedaron recogidas en la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual.

Esta Ley regula los derechos de las víctimas de violencias sexuales para garantizar su autonomía económica y facilitar su recuperación integral a través de actuaciones económicas, laborales y de vivienda.

El Real Decreto publicado establece que las ayudas se destinaran a víctimas de violencia sexual, integrando mujeres e hijos y determina que la víctima debe haber sido acreditada como tal a través de medios judiciales (sentencias, órdenes de protección, medidas cautelares, etc.) o extrajudiciales (informes de servicios sociales u otros servicios especializados).

El umbral de renta para poder beneficiarse de estas, dependerá en cada caso de la situación de la víctima. En general, solo se tendrán en cuenta los ingresos de la persona solicitante de la ayuda, excepto cuando ésta tenga personas a su cargo, en dicho caso se tendrá en cuenta la renta de la unidad familiar.

Esta ayuda debe solicitarse dentro de un plazo de cinco años a partir de la última acreditación de la condición de víctima y puede recibirse en un pago único o en seis mensualidades.

La Unidad de Coordinación contra la violencia sobre la Mujer de la Delegación del Gobierno en Ceuta ha puesto a disposición de todos los ciudadanos un resumen esquemático de esta nueva ayuda, con información sobre requisitos, plazos, prórrogas y compatibilidades.