Las personas con discapacidad subrayan la relevancia de la modificación del artículo 49 de la Constitución ante la delegada Pérez

Un momento del acto celebrado este miércoles en la Delegación del Gobierno (C.A.)

Miembros de CERMI en Ceuta han hecho entrega a la delegada del Gobierno de varios ejemplares en distintos formatos de la nueva redacción del artículo 49 de la Constitución, que destierra el término «disminuido»

La vicepresidenta del Comité Español de Representantes de Persona con Discapacidad (CERMI) en Ceuta, María del Carmen Rosino, ha hecho entrega esta mañana a la delegada del Gobierno, Cristina Pérez, de varios ejemplares de la nueva redacción del artículo 49 de la Constitución. La reforma de este artículo fue aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 18 de enero. Los cambios suponían la ampliación de los  derechos de las personas con discapacidad y eliminaban del texto la expresión «disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos». Con la modificación, el legislador pretendía adaptar su lenguaje y contenido a la realidad actual y a la terminología internacional.

El acto, celebrado en la sede de la Delegación del Gobierno y con marcado carácter simbólico, ha servido para poner de relieve la trascendencia de la modificación constitucional. «Si una puede estar orgullosa de algo, es de cosas como esta», ha afirmado Pérez, quien ha estado arropada por representantes de distintas asociaciones integradas en CERMI. La delegada ha recibido ejemplares del artículo 49 en formato Braille, pictograma y lenguaje de signos.

A continuación, y tras subrayar el alcance del acuerdo alcanzado en enero en el Congreso, María del Carmen Rosino ha formulado una petición dirigida a las autoridades. «Ahora esperamos que la política integral sobre personas con discapacidades pase un primer plano también en Ceuta», ha reclamado.

Pérez, junto a los representantes de distintas asociaciones integradas en CERMI (C.A.)

El artículo 49

La nueva redacción del artículo 49 reconoce que las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en el Título I en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Asimismo, establece que los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles, y fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Por último, subraya que se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.

Esta modificación era la tercera desde la entrada en vigor de la Constitución, pero la primera de contenido social. La proposición fue aprobada por 312 votos a favor y 32 en contra.